Las consecuencias del fallo de la Corte IDH en el caso Petro

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Hay relativa confianza en que están suficientemente blindadas las decisiones disciplinarias y fiscales que han afectado a funcionarios de elección popular.

Esa confianza se expresó a propósito de que se prevé una lluvia de demandas tras la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que encontró al Estado de Colombia responsable por la violación de los derechos políticos y las garantías judiciales del senador Gustavo Petro, destituido en diciembre de 2013 por la Procuraduría cuando se desempeñaba como alcalde de Bogotá.Según comunicado emitido por el organismo multilateral, “la Corte concluyó que la vigencia de las normas que facultan a la Procuraduría a imponer sanciones de inhabilitación o destitución de funcionarios democráticamente electos previstas en general en el ordenamiento jurídico colombiano, y en particular en el Código Disciplinario Único, así como las normas que pueden tener como efecto que las decisiones de la Contraloría produzcan una inhabilidad para el ejercicio de los derechos políticos, y que fueron mencionadas en la Sentencia, constituyeron un incumplimiento del deber de adoptar disposiciones de derecho interno”.

Son varios los alcaldes, gobernadores, concejales, diputados y congresistas en ejercicio a los que la Procuraduría ha destituido e inhabilitado en procesos disciplinarios que a veces originan compulsa de copias a la Contraloría y a la Fiscalía para lo de su competencia.

Sanciones

Como lo ha publicado EL NUEVO SIGLO, esa es una situación a la que se enfrentan, por ejemplo, los alcaldes y gobernadores investigados por la Fiscalía, la Procuraduría y la Contraloría debido a los contratos irregulares detectados durante la pandemia. Algunos de ellos ya han sido suspendidos por la Procuraduría y se exponen a la destitución. Si la Contraloría encuentra detrimento patrimonial, el mandatario responsable deberá dejar el cargo hasta que le restituya al erario público los recursos faltantes, lo que es una destitución indirecta, especialmente, si se trata de una suma multimillonaria o billonaria. Y con todo esto, falta que la Fiscalía adelante el proceso penal correspondiente.

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Entre las medidas ordenadas a Colombia por la Corte IDH está “adecuar su ordenamiento interno de acuerdo a lo señalado en la Sentencia, de forma tal que los funcionarios de elección popular no puedan ser destituidos ni inhabilitados por decisiones de autoridades administrativas”.

Para hacer ese ajuste, la Corte IDH dio plazo de un año, de lo que se desprende que, en concepto de Camilo Gómez, director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, “mientras tanto, las autoridades deberán seguir trabajando bajo los parámetros que están vigentes en las leyes”.

Para Gómez, “Colombia no desconoció la Convención Interamericana en su artículo 23, lo que pasa es que Colombia había interpretado el artículo 23 de una manera distinta, entendiendo que cuando se refería a las restricciones de los derechos políticos, derechos y oportunidades, podía hacerlo de acuerdo con su estructura constitucional interna y no tenía que volver penales todas las conductas”.

En igual sentido se pronunció el procurador, Fernando Carrillo, quien advirtió que ninguna de las actuaciones frente a funcionarios de elección popular adoptadas hasta la fecha por la Procuraduría quedan en un limbo jurídico, puesto que se ha procedido siempre otorgando todas las garantías a los investigados y respetando la jurisprudencia nacional, acatando las decisiones de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado que han avalado las competencias disciplinarias del Ministerio Público.

También destacó la fuerza vinculante que tienen las normas convencionales vigentes, como las consagradas en la Convención Interamericana contra la Corrupción y las de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción.

En todo caso, Carrillo no descartó solicitar aclaraciones o consultas a la decisión de la Corte IDH que “permitan fortalecer y no debilitar la potestad disciplinaria de la Procuraduría”.

Funcionarios

Una revisión somera de actuaciones recientes de la Procuraduría arroja algunos casos que podrían llegar a verse afectados. Por ejemplo, el 20 de julio, el Ministerio Público estableció que en tres gobernaciones y 15 alcaldías se entregaron a 18 financiadores de sus campañas políticas, contratos por cerca de $6.000 millones, pese a estar inhabilitados por haber hecho aportes por encima del 2% del tope establecido

Son 18 mandatarios que camino a la destitución, a quedar inhabilitados por el proceso disciplinario y por el proceso fiscal, si la Contraloría comprueba detrimento patrimonial -y no podrían volver a ejercer su derecho a ser elegidos o nombrados hasta que paguen lo debido, sin contar las repercusiones penales de la conducta señalada-.

Y para no ir más lejos, el 14 de agosto, la Procuraduría citó a audiencia disciplinaria al senador Eduardo Enrique Pulgar, del Partido Social de Unidad Nacional (La U), por el presunto ofrecimiento de $200 millones al entonces a un juez de Usiacurí, Atlántico, a cambio de una decisión en favor de un tercero, en un proceso penal que se adelantaba en ese despacho. Por el mismo hecho, Pulgar es investigado por la Corte Suprema de Justicia.

También está citado a audiencia el alcalde de Jamundí, Valle del Cauca, Andrés Felipe Ramírez, por la presunta inconveniencia en la firma de un contrato para fomentar actividades artísticas y culturales en época de pandemia, motivo por el que se indaga al alcalde de Villa de Leyva, Boyacá, Josué Javier Castellanos, y por lo que fue suspendido seis meses el gobernador de Arauca, José Facundo Castillo.

Por la presunta omisión al cumplimiento de la orden de confinamiento está suspendida la alcaldesa de Sucre, Sucre, Elvira Julia Mercado, y están en indagación los alcaldes de Riohacha, La Guajira, José Ramiro Bermúdez, y de Algeciras, Huila, Libardo Pinto.

Por irregularidades en la designación del contralor están suspendidos dos diputados de Nariño, están en indagación 19 concejales de Barranquilla, está abierta una investigación a la Mesa Directiva de la Asamblea del Cauca y se les formuló pliego de cargos a 13 concejales de Cartagena, Bolívar; además, se indaga preliminarmente a ocho concejales de Jericó, Antioquia, acusados de recibir prebendas para introducir micos en el Plan de Desarrollo.

Finalmente, la Procuraduría le abrió indagación preliminar al gobernador de Cauca, Elías Larrahondo, por presunta agresión al alcalde de Villa Rica, Roller Escobar.

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