Conozca el decreto de #SimulacroVital que aplicará de viernes a lunes en Bogotá

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La alcaldía de Bogotá publicó el decreto de Simulacro Vital que contiene los lineamientos bajo los cuales se regirá la ciudad desde este jueves 19 de marzo, cuando sean las 11:59 P.M., y hasta las 11:59 P.M. del lunes 23 de marzo.

Esta regulación toma en cuenta todas las recomendaciones realizadas por la ciudadanía el miércoles 18 de marzo, a petición de la alcaldesa Claudia López.

Simulacro Vital por Coronavirus COVID-19 en Bogotá Preguntas y respuestas sobre el simulacro de aislamiento en Bogotá

1. ¿Qué duración y en qué horarios se realizará el simulacro?

El simulacro tendrá una duración de 4 días. Empieza el día jueves 19 de marzo a las 11:59 de la noche y termina el lunes 23 de marzo a las 11:59 de la noche.

2. Después del martes, ¿hay posibilidad de que el aislamiento se extienda?

Este Simulacro Vital solo tiene 4 días de duración. Termina el lunes 23 de marzo a las 11:59 de la noche.

3. ¿La gente puede utilizar su vehículo particular?

No. Las personas no podrán usar su vehículo. Solo podrán usarlo en situaciones excepcionales como: – Adquirir alimentos, productos farmacéuticos, de salud y de primera necesidad. Solamente podrá salir una persona por núcleo familiar. – Personas que deben cuidar personas enfermas, personas en situación de discapacidad, menores de 18 años, adultos mayores, personas especialmente vulnerables o animales. – En caso de fuerza mayor o extrema necesidad.

En el caso del servicio de taxi, este solo puede funcionar si se pide por teléfono o plataforma.

5. ¿Los centros comerciales estarán abiertos?

Solamente para venta de comida y medicamentos.

4. ¿Cómo operará TransMilenio?

Transmilenio y el SITP operaran de manera reducida. El día viernes estarán en marcha las rutas y horarios que corresponden a los sábados. El resto de días, la flota operará con las rutas y frecuencias equivalentes a un día domingo. Con esto buscamos garantizar la movilización mínima para las personas cuyas ocupaciones están excluidas de este simulacro de aislamiento.

5. ¿A qué sanciones se exponen quienes violen las medidas?

Quien incumpla la restricción total de la movilidad sin estar incluido dentro de las exenciones mencionadas en el Decreto, se expone a sanciones que van desde amonestación, multas económicas y hasta cárcel.

6. ¿Qué pasará con los habitantes de calle?

La población habitante de Calle en Bogotá seguirá teniendo acceso a los centros de atención de los que normalmente dispone el Distrito. Por eso, los funcionarios que normalmente los atienden trabajarán normalmente durante el simulacro.

7. ¿Está garantizado el abastecimiento de alimentos?

Sí. Todos los días estamos monitoreando el abastecimiento de la ciudad Bogotá. Todos los víveres, alimentos, insumos que necesita la ciudad han estado llegando y surtiéndose en las diferentes cadenas, sean barriales o grandes supermercados.

8. ¿Habrá servicios de domicilios?

Sí pero solo de servicios domiciliarios relacionados con atención y cuidado, y de productos de abastecimiento, alimentos preparados o no, y medicinas.

Adicionalmente se permitirá el servicio a través de empresas o plataformas tecnológicas dedicadas a la entrega a domicilio de víveres y productos farmacéuticos, por medio de motocicletas y bicicletas, quienes deberán estar plenamente identificados.

9. ¿Funcionará la Terminal de Transportes?

No. La Terminal de Transporte ni sus terminales satélites prestarán servicio, no habrá venta de tiquetes. Solo habrá servicio para las personas que lleguen a Bogotá desde otros destinos.

10. ¿Qué pasará con las mujeres que estén a punto de dar a luz y que se pueda presentar el fin de semana?

Ese tipo de eventualidades las contemplamos en el decreto que reglamenta el simulacro. En él permitiremos que se movilicen por la ciudad vehículos que presten el servicio o sean indispensables para atender emergencias médicas como esta.

11. ¿Qué pasará con el personal médico y hospitalario que cumplen horario de 12 horas, cómo harán para llegar a la casa?

Todas las personas que presten servicios médicos podrán movilizarse con normalidad por la ciudad siempre y cuando tengan una identificación que certifique su ocupación.

12. ¿Las empresas distribuidoras de alimentos, tienen permiso para transitar?

Sí. Durante los 4 días del simulacro garantizaremos el tránsito para el abastecimiento de la ciudad.

13. ¿Qué pasará con las personas que tiene vuelos o viajes por tierra el fin de semana?

Solo podrán desplazarse hacia y desde el aeropuerto las personas que tengan vuelos adquiridos con antelación y que lo puedan demostrar con tiquetes o pasabordos de viaje. El tránsito vehicular en Bogotá está restringido para viajes terrestres y cualquier tipo de viaje.

14. ¿Qué pasará con los profesionales independientes que cubren emergencias veterinarias?

Podrán circular en la medida en que puedan demostrar con un documento o carné, que son veterinarios y que van a prestar servicio de urgencias.

16. ¿Qué pasará con los presos que tienes audiencias el fin de semana?

Los recorridos motorizados del personal de Custodia y Vigilancia Penitenciaria operarán con total normalidad.

17¿Qué pasará con los que trabajan en seguridad?

Estos ciudadanos podrán desplazarse por la ciudad hacia sus lugares de trabajo. Siempre y cuando porten la documentación que los acredite como personal de vigilancia privada.

18.¿Hay permiso para sacar mascotas al parque?

Sí, pero solo por un periodo de máximo 20 minutos.

19.¿Las personas que trabajan a puerta cerrada en comida a domicilio, tienen permiso para enviar domiciliarios?

Sí. Se autorizará la movilización de repartidores de domicilio de productos de abastecimiento, alimentos preparados y medicinas, siempre y cuando tengan una identificación que certifique su oficio.

20. ¿Qué pasará con las personas que tienen fundaciones de animales y deben ir a dar comida cada dos días?

Pueden movilizarse sin inconveniente en la medida en que cuenten con documentación que pruebe su ocupación.

21.¿Qué pasará con los padres que cuidan bebés hospitalizados? ¿Habrá excepción?

Dado que este es un motivo de fuerza mayor, se permitirá la circulación de personas en esta situación en la medida en que la puedan demostrar a través de un certificado o constancia.

22. Las tiendas de barrio, cafeterías, restaurantes, salsamentarías, papelerías, veterinarias ¿podrán abrir?

Las tiendas, minimercados, droguerías, cigarrerias que distribuyan alimentos y artículos de primera necesidad, medicinas y productos de aseo podrán funcionar. Solo una persona por núcleo familiar puede salir a comprar productos de primera necesidad.

Las veterinarias podran funcionar para atender emergencias.

El resto de establecimientos deberá estar cerrado al público.

23¿Qué pasará con las personas que tienen citas con especialistas programadas hace tiempo y con tratamientos como quimioterapia y diálisis?

Habrá autorización para desplazarse en estos casos en la medida en que las personas puedan probar con constancias o documentos, la cita médica o el tratamiento médico de extrema necesidad que necesitan realizarse.

24.¿Qué pasará con las empresas de mantenimiento de plantas eléctricas?

Todo mantenimiento que esté relacionado con prestación de servicios públicos domiciliarios está autorizado, siempre y cuando sus operarios tengan el carnet o identificación que certifique su oficio.

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