La Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP no acogió los argumentos de la Fundación Defensa de Inocentes. Los congresistas de Comunes, antes FARC, seguirán ocupando su curul y los exguerrilleros vinculados con secuestro no irán, por ahora, a zonas veredales de detención.© Cortesía(De izq. a der.) Pablo Catatumbo, Rodrigo Londoño, Pastor Álape y Mauricio Jaramillo, algunos de los integrantes del antiguo Secretariado de las Farc que hoy están en la JEP.
La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y Determinación de los Hechos y Conductas de la JEP, acaba de fallar en contra de la Fundación Defensa de Inocentes, organización presidida por el exdiputado del Valle Sigifredo López. Tras analizar una solicitud de medidas cautelares, los miembros del secretariado y el estado mayor de las extintas Farc, imputados por secuestro a principio de año, seguirán en el Congreso y no serán privados de su libertad.
El pasado 26 de enero, en una histórica decisión, la misma sala de la JEP imputó a los antiguos miembros del secretariado de las Farc por una de las estrategias de guerra que el grupo armado uso durante décadas: el secuestro. Entre los imputados están Rodrigo Londoño o Timochenko, Pastor Alape Lascarro, Pablo Catatumbo Torres, Julián Gallo Cubillos o Carlos Antonio Lozada, Rodrigo Granda Escobar, Milton de Jesús Toncel o Joaquín Gómez, Jaime Alberto Parra o Mauricio Jaramillo y Juan Hermilo Cabrera, conocido como Bertulfo Álvarez, quien murió un día antes de conocerse el fallo.
La JEP dio un tiempo para que los imputados se pronunciaran, así como las víctimas acreditadas. Entonces, la Fundación Defensa de Inocentes presentó un escrito de observaciones, en las cuales solicitó restringir la libertad de los guerrilleros en Zonas Veredales de Normalización y restringir las actividades como congresistas de Julián Gallo Cubillos y Pablo Catatumbo Torres. Sin embargo, tras analizar los argumentos y escuchar voces de terceros, la JEP aseguró que ninguna de esas medidas es viable. Incluso, van en contrasentido del Acuerdo Final de Paz.
En principio, la sala no encontró argumentación alguna que le permita concluir que hay un riesgo a evitar. La fundación no probó de qué forma los exguerrilleros podrían obstruir el proceso de paz o no comparecerían a los trámites de la justicia transicional. Para la JEP, el reconocimiento voluntario de graves conductas como el secuestro, no es un síntoma peligroso para los acuerdos. Al contrario, aceptar la gravedad de los hechos es una decisión clave para mantener los beneficios provisionales con los que cuentan los firmantes -libertad y participación política
“El marco jurídico aplicable a los procedimientos de la Jurisdicción ha establecido que las sanciones pueden ser propias, alternativas u ordinarias conforme al grado de reconocimiento de verdad y de responsabilidad. De este modo, las sanciones propias deberán ser impuestas en los casos de reconocimiento integral de verdad y responsabilidad, tienen funciones reparadoras y restauradoras y, aunque comprenden las restricciones efectivas de derechos no podrán ser entendidas como cárcel, prisión o adopción de medidas de aseguramiento equivalentes”, agregó la JEP.
Por otro lado, sobre las curules de Gallo Cubillos y Catatumbo Torres, la fundación de Sigifredo López tampoco aportó pruebas de que existiese un peligro a contrarrestar. Además, la JEP dejó claro que si bien puede imponer sanciones a los políticos, quienes obtuvieron sus escaños tras los acuerdos, las mismas penalizaciones por si mismas no inhabilitan o limitan los derechos de participación de Comunes -antes Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común (FARC)-.
En su solicitud de medidas cautelares, el abogado Juan Camilo Sanclemente, representante de varias víctimas acreditadas en el caso de secuestro, aseguró que hay firmantes del acuerdo que se encuentran prófugos de la justicia, pese a haberse acogido a la JEP. Por tanto, había señales de que podían entorpecer el proceso. “No hay que desconocer que estamos ante personas señaladas de cometer crímenes de lesa humanidad y de guerra, las cuales están ad portas de aceptar su responsabilidad y/o de enfrentarse a un proceso para determinar su responsabilidad”, explicó.
Por otro lado, señaló ante la JEP que Gallo Cubillos y Catatumbo Torres debían perder su curul en el Congreso, pues son responsables crímenes de guerra y de lesa humanidad. “No puede actuar como congresistas, ni estar desempeñando otras labores que no sean única y exclusivamente el cumplimiento de la sanción, pues dichas sanciones exigen el cumplimiento de horarios de trabajos y restricciones de movilidad las cuales deberán cumplir en las zonas veredales transitorias de normalización”, exigió el abogado. Se refirió a las penas que podría imponer la JEP, una vez juzgue a los antiguos miembros de las Farc, quienes por ahora están imputados.
La JEP solicitó concepto, entre otros organismos, de la Procuraduría delegada con funciones de Coordinación de Intervención para la misma justicia transicional. El órgano de control aseguró que no se puede enclaustrar a los exguerrilleros, dado que desde la firma de los acuerdos obtuvieron el reconocimiento pleno como ciudadanos, por lo que pueden transitar por las zonas de reincorporación en libertad. Para la Procuraduría no es proporcional solicitar la detención, siendo que, según las reglas de la JEP, ni siquiera aceptando su responsabilidad serían castigados con cárcel.
Por su parte, el Instituto Interamericano de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (IIRESODH), aseguró que hacerle caso a la Fundación Defensa de Inocentes sería contraproducente para las mismas víctimas de secuestro. Podría, en sus palabras, producir en los imputados “la pérdida de confianza, el desincentivo en la participación activa ante los órganos del Sistema, y una posible intención de desistir de su sometimiento ante esta Jurisdicción, lo que se traduciría en un perjuicio adicional para las víctimas que han puesto sus esperanzas en este proceso”.
La Fundación Defensa de Inocentes, al parecer, buscaba que las máximas cabezas de las antiguas Farc respondieran sí o sí por sus crímenes de guerra, antes de ser juzgados según las reglas de la JEP. El exdiputado Sigifredo López, de hecho, fue el único sobreviviente tras el secuestro de 12 funcionarios públicos de la Asamblea Departamental del Valle, el 11 de abril de 2002. Tras cinco años en cautiverio, 11 de ellos fueron asesinados, en una zona cercana a la vereda San José de Tapaje, en El Charco Nariño. López ha asegurado por años que se salvó, pues días antes había sido castigado y separado del grupo.